Enrique Alcalde

¡Que vuelva Robin Hood!

Enrique Alcalde Rodríguez Director del Centro de Gobierno Corporativo UC, Socio Marinovic & Alcalde Abogados

Por: Enrique Alcalde | Publicado: Miércoles 30 de septiembre de 2020 a las 04:00 hrs.
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Contrariamente a la creencia que la propaganda de izquierda ha pretendido instalar, Robin Hood no robaba a los ricos para distribuir entre los pobres, sino que se alzaba contra el poder real y su esbirro –el sheriff de Nottingham– frente a la carga de cuantiosos y arbitrarios tributos. En otras palabras, los que se apropiaban abusivamente de lo ajeno fueron representados –en la leyenda– por el Estado; no por quienes eran capaces de producir riqueza, sino por los que vivían a expensas de los trabajadores.

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De hecho, fueron precisamente tales arbitrariedades las que llevaron a imponer la Carta Magna a Juan sin Tierra, la primera Constitución que conoce la Historia.

Desde el 18 de octubre pasado, sin embargo, pareciera que hemos olvidado el sentido primero que tiene la Constitución, cual es limitar el poder del Estado y evitar conductas abusivas de parte de quienes ostentan el poder. Incluyendo en esas limitaciones la facultad de establecer –como lo señala el texto que actualmente nos rige– impuestos manifiestamente desproporcionados o injustos.

La historia–no obstante– se repite; y en nuestro país ha recibido un nuevo impulso tras la iniciativa que, con una buena dosis de marketing, se ha denominado impuesto a los “súper ricos”. A muchos no les importa que, como ocurrió con el retiro del 10% de la AFP, se recurra a la reforma constitucional como subterfugio para soslayar la norma que confiere al Presidente de la República la iniciativa exclusiva en materias tributarias.

Tampoco atribuyen relevancia alguna a que lo único que el proyecto dé a conocer sea la “tasa” de este nuevo impuesto, olvidando que todo tributo requiere, además, la adecuada determinación del “hecho gravado” y de la “base imponible”. Sólo sabemos que se gravaría, con una tasa de 2,5%, a los contribuyentes que tengan un “patrimonio bruto” superior a US$ 22 millones. ¿Cómo se determina el “patrimonio bruto”; comprende solo activos, o también pasivos; propiedad directa o también indirecta; riqueza devengada o solo percibida; se determina según valor de mercado o valor libro; etc?

“¡Nimiedades!”, dirán los honorables. Lo relevante es imponer la “solidaridad”, aunque ello implique una contradicción en los términos.

Por supuesto que estas mismas voces ninguna trascendencia le asignan al hecho de que por el patrimonio sobre el cual se aplica el tributo, ya se hayan pagado antes impuestos; o que un contribuyente afecto a éste podría terminar soportando una tasa marginal de impuesto a la renta superior al 80%. Y para qué decir si se consideran otros impuestos al patrimonio que también podrían gravar la misma riqueza...

Lo más lamentable, sin embargo, es que la frívola desprolijidad de los parlamentarios que apoyan la moción ya no llama mayormente la atención. En realidad, llevamos largos meses observando numerosos atentados al Estado de derecho que han dejado de sorprendernos. Tanto así que, al menos en lo personal, he llegado a añorar la aparición de un Robin Hood.

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